Cabrerayasociados Auditores - Consultores Estimado: te aclaro tu duda, el articulo 160 nro. 1 inciso b, del Codigo del Trabajo ve la causal de conuctas de acoso sexual. Primero se debe denunciar ante la inspeccion del trabajo correspondiente a la unidad donde se vive, y se procede a la investigación o aplicaciòn de multas de parte de la Dirección del Trabajo. ...Conlas nuevas reformas laborales y sus impactos estas han quedado de la siguiente forma: hay un cuadro esquematico, donde se esquematizan las multas, 1ero se determina si la empresa es pequeña, mediana, y gran empresa, la 1era. va de 1 a 49 trabajadores, la 2da. va entre los 50 y 199 trabajadores y la ultima de 200 y mas. Estas multas dice la Ley, se aplicaran en UTM, sin son menos graves grave y gravisimas, para la pequeña empresa la MENOS GRAVE, se aplica de 1 a 6 utm. La mediana empresa de 2 a 14 utm y las grandes empresa de 3 a 21 utm. LAS GRAVES: la pequeña empresa de 7 a 13 utm, la mediana de 15 a 27 utm y la grande de 22 a 40 utm. LA GRAVISIMA: para la pequeña de 14 a 20 utm, la mediana de 28 a 40 utm, y la GRAN EMPRESA de 41 a 60 utm. Cabe señalar que para las empresas de con negociacion colectiva estas tienen otro tratamiento que van en IMM, ingresos minimos mensuales, DFL 2, ojala alla aclarado tu duda atte, Ricardo Cabrera Gonzalez- Cabrera & Asociados,
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