De partida, aclarar que esto puede ser discutido con perspectiva de mira, en la medida que una respuesta negativa no implica desde luego un tema homofóbico, sino que el determinar cual es la protección que el ordenamiento otorga fuera del matrimonio. Allí parece estar la respuesta, y es que negar un estatuto similar al matrimonio no implica una desprotección. El matrminio en nuestro país tiene una fisonomía propia que lo distingue de otras legislaciones, de manera de que constituye un gran peligro el tener un discurso populista sino que aterriza en contexto. Todas las uniones tienen protección en base a las normas generales patrimoniales, cualquiera sea el individuo raza o sexo que la integre. Tal vez más razonables sería flexibilizar las normas en materia testamentaria, en la medida que esta mayor libertad podría entregar al propio individuo que al fallecer puede dejar desamparado a otro que, por razón de las reglas sucesorias no está en condición de ser su legitimario. Pero no es necesario desnaturalizar las instituciones que representan no solo una voluntad política, sino que son expresión de una lógica que las funda.
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