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Contrato v/s Boleta de honorarios

Escrito 05/08/2010 a las 13:22 por Ariel Mendez A



Uno de los sistemas que se aplica al momento de conseguir personal, es la contratación mediante boletas de honorarios. Y como todos sabemos, la empresa que ocupa esta medida, se ahorra bastante dinero al hacerlo.

Trabajar con Boleta tiene aspectos positivos y negativos. Una de las cosas buenas, es que cualquier persona puede emitirla una vez que haya iniciado actividades en Servicio de Impuestos Internos - Chile. Normalmente, quienes emiten este documento, son aquellos profesionales que efectúan labores adicionales a las de su trabajo habitual. O, simplemente, aquellos que están empezando a trabajar bajo el típico sistema de los “tres meses a prueba”. Para hacer este escrito, no existe un rango de edad determinado, tampoco un límite en la cifra de dinero para realizar la boleta.

Uno de los aspectos negativos, cuando se trabaja bajo la emisión de boleta, es que queda a responsabilidad de nosotros, todo lo que corresponde al pago de las leyes sociales; llámese esta AFP, seguro de cesantía y cotización de salud. Pues, tampoco obtenemos ni un tipo de antigüedad laboral, que nos respalde si esta es solicitada en algún momento para diferentes tipos de tramites (créditos hipotecarios, consumo, automotriz, etc.).

Por otra parte, una de las posibles ventajas a la hora de boletear, es cuando la persona recién está ingresando al mundo laboral. Momento en el cual, no tiene tiempo de cumplir con horarios y reglas que establece un trabajo de tiempo completo. Asimismo, cuando se realiza la práctica profesional. El otro punto que juega a favor, es el hecho de no estar ligado a un sistema que, por lo mismo, da pie para poder desempeñarnos en otras labores. Y lo mejor, es que después de un periodo de “boletear”, se viene la devolución de impuestos que, por suerte, siempre nos salva en el periodo de “las vacas flacas”.


Cuando se trabaja bajo contrato, cambia rotundamente el panorama. Pues, es nuestro empleador el que se encarga del pago de nuestras leyes sociales. Además, el pertenecer a una empresa contratado, nos da privilegios como el poder acceder a una gratificación monetaria, a los bonos y beneficios colectivos que ésta pueda tener y a un seguro laboral contra accidentes de trayectos o enfermedades laborales. A esto, ninguno de nosotros tiene acceso cuando “boleteamos”.
Algunos puntos negativos de trabajar bajo este documente, es cuando nos exponemos a variantes de tipos de contrato, como el famoso denominado “a plazo fijo”. Con lo anterior, nos pueden estar renovando el contrato cada 3 meses, con el fin de no generar antigüedad. De este modo, la empresa se ahorra el pago por concepto de indemnización (un mes de sueldo por año trabajado).

Cuando se es profesional y se trabaja bajo estas condiciones, nos arriesgamos a un máximo de 2 años antes de ser indefinido, según lo estipula la Dirección del Trabajo en el capítulo Nº 4 Articulo 159 del Código del Trabajo(más detalles ¿Es procedente la suscripción de contratos sucesivos a plazo fijo? - Centro de Consultas. Dirección del Trabajo. Gobierno de Chile.).

También existe el contrato por “reemplazo”. El anterior, está ligado al término de este evento, sin la necesidad de que se renueve. Esto hace tener incertidumbre de cuál será nuestro futuro laboral, puesto que dependerá del retorno de la otra persona a su inicial puesto de trabajo. Este documento, también tiene como objetivo el no pago de indemnización alguna, ya que se renueva de forma mensual.

En síntesis, ambas situaciones tienen sus pro y contras. Lo que importa, es que conozcamos lo bueno y lo malo de ambas condiciones, con el fin de saber cuál es la opción más conveniente para nuestros propósitos.
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Total de Comentarios 68

Comentarios desde Profesionales

  1. Old Comment
    Avatar de Luis Mendoza Arellano

    no estoy muy de acuerdo con el punto de vista ....pero

    No es muy imparcial, el punto de vista, ya que de ninguna manera va a ser una opción convenir boleta o sueldo.

    Es claro que las boletas de honorarios son para quienes prestan servicios, sin horarios fijos, sin dependencia económica exclusiva de un empleador, con total libertad de elegir prestar los servicios a cuantos "clientes" el tiempo le permita.

    Ahora lo del sueldo, si bien por un lado proporciona una mayor seguridad, también limita a quienes tienen condiciones y predisposición a conseguir mejores remuneraciones, proporcionales al esfuerzo que realiza diariamente.

    Es muy agradable, recibir de vuelta una vez al año el 10% de todo lo ganado con las boletas de honorarios, y como no hay ley que oblige, a tener que depositar parte de la devolución en la AFP del contribuyente, terminamos sin ahorrar para nuestra jubilación.

    Por otro lado, las AFP, que dicen cobrar una comisión menor al 2% de nuestro sueldo, analizando bien a fondo la situación, en realidad nos estan quitando casi el 20% de lo que mensualmente logramos dejar para nuestra jubilacion.

    El tema es muy discutible y para largo, sin alguien quiere mas informacion .... me escribe a mi correo.
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    Escrito 06/08/2010 a las 00:23 por Luis Mendoza Arellano Luis Mendoza Arellano está desconectado
  2. Old Comment
    Avatar de Ariel Mendez A
    Luis me parece muy bueno tu aporte y si bien el tema puede parecer un poco imparcial tuvo igual apreciaciones personales de situaciones vividas que en algunas ocasiones es difícil no considerar, pero tampoco solo mías si no algunas recolectadas de conversiones con amigos que han pasado por esta situación.
    Tal vez tu ya eres un hombre bastante maduro y tienes otra visión de la situación y me parece bastante bueno que la des a conocer si en el fondo el tema siempre tiene la intención de que todos seamos un aporte para quienes tenemos menos conocimiento o menos expericiencias de vida.
    Saludos.
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    Escrito 06/08/2010 a las 11:57 por Ariel Mendez A Ariel Mendez A está desconectado
  3. Old Comment
    Avatar de Evelyn Bulnes Gallardo
    Considero que no se tocan otros puntos importantes
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    Escrito 06/08/2010 a las 15:10 por Evelyn Bulnes Gallardo Evelyn Bulnes Gallardo está desconectado
  4. Old Comment
    Avatar de Marcela Vilaxa Watt
    Nunca es malo estar al tanto de los tipos de contratos que existen y los pro y contra de las boletas. Un saludos a todos!
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    Escrito 06/08/2010 a las 15:59 por Marcela Vilaxa Watt Marcela Vilaxa Watt está desconectado
  5. Old Comment
    Avatar de Ariel Mendez A
    Cita:
    Iniciado por Evelyn Bulnes Gallardo Ver Comentario
    Considero que no se tocan otros puntos importantes
    Como cuales?
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    Escrito 06/08/2010 a las 16:20 por Ariel Mendez A Ariel Mendez A está desconectado
  6. Old Comment
    ESTIMADOS, ESTAN CLARAS LAS RESPUESTA, EL PROBLEMA QUE , YO TENGO 20 AÑOS DE EXPERIENCIA Y ESTOY CESANTE, SI COMIENZO CON BOLETAS TENGO QUE ESPERAR 6 MESES PARA TENER BENECIOS EN FONASA, AHORA ,EL CONTRATO POR REEMPLAZO, TE INCLUYE PAGO POR PARTE DEL EMPLEADOR LEYES SOCIALES Y SALUD? IGUAL ES SUPER COMPLICADO EL TEMA, ES MUY INJUSTO, EN EL CASO DE LOS PROF, QUE UNO VA GANANDO BIENIOS Y ESO SE TRADUCE A DINERO, Y CUANDO SE CAMBIA DE TRABAJO POR OBLIGACIÓN O VOLUNTARIAMENTE, TIENE QUE COMENZAR NUEVAMENTE, NO TE TOMAN EN CUENTA TU EXPERIENCIA. BUENO ÉSTO ES EN MUCHOS TRABAJOS.
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    Escrito 08/08/2010 a las 15:12 por BEATRIZ BENAVIDES SALIN BEATRIZ BENAVIDES SALIN está desconectado
  7. Old Comment
    En el Código del Trabajo, no existe una relación con boletas de honorarios, como alternativa al contrato de trabajo. Lo que ocurre es que la empresa abusa de una figura legal muy distinta que son los servicios a honorarios.
    La boleta de honorarios, puede usarse, cuando no hay servicios personales de por medio, por ej. el contador que lleva la contabilidad de una empresa, asesoría legal puntual, asesoría laboral puntual, consultoría, etc.
    Si una persona presta servicios para un empleador y existen los elementos de la relación laboral (art. 7° del Código del Trabajo), entonces puede reclamar todos los derechos que emanan del contrato de trabajo, aunque tenga boletas de honorarios.
    Existen contratos de trabajo de aprendizaje, de tiempo completo, de tiempo parcial, hasta término de obra, a plazo fijo e indefinidos.
    Distinta es la situación del servicios públicos, donde el ente regulador no es el Código Laboral, sino los Estatutos Administrativos, (Sólo el Servicio Público paga esos bienios, Beatriz).
    Efectivamente las Leyes Sociales son de cargo del trabajador e involucran aproximadamente un 20% de la remuneración.
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    Escrito 12/08/2010 a las 15:51 por Claudio Durán Zapata Claudio Durán Zapata está desconectado
  8. Old Comment
    Avatar de Luis Mendoza Arellano

    ha dado de que hablar .... este temita .....ah

    Amigos, para ir dejando claro algunos conceptos para quienes comienzan en esto lo administrativo.

    - El contrato de trabajo y la boleta de honorarios, no son una alternativa a la que pueda optar un trabajador, es algo que mañosamente y fuera de toda norma puede imponer un Empleador a un recién ingresado trabajador, bajo pretexto de practica o asesoria y solo por unos cuantos meses.

    - Ahora bién, todo trabajo con dependencia y subordinacion, la ley, obliga a escriturar un Contrato de Trabajo, con obligaciones y derechos para ambas partes. (código del trabajo).

    - Nada impide que un trabajador, además de recibir un sueldo por trabajo, pueda emitir Boletas de Honorarios, a terceras empresas, distintas del empleador, eso si debe buscar un concepto, que no sea incompatible con las labores del contrato.

    - Para finalizar, dejo en la mesa, otro tema que estoy preparando, la flexibilidad

    Saludos a todos LUIS MENDOZA
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    Escrito 12/08/2010 a las 18:44 por Luis Mendoza Arellano Luis Mendoza Arellano está desconectado
  9. Old Comment

    si trabajo con boletas no tengo derecho a licencia...

    trabajo de tiempo completo incluso mas de 8 horas al dia no tengo dia libre y si me lo dan me lo descuentan a donde puedo dirigirme trabajo como chofer , dejando pasajeros a distintas empresas y tambien retirandolos , no nos respetan horarios y no me pagan impociciones estoy muy extresado , y tengo que trabajar pues tengo familia hay dias que llego a las 02hrs y tengo que empezar a las 06 de la mañana recien me pasaron un parte por disco pare , teniendo mi hoja de vida intachable que me aconseja me retienen dinero por impociciones y no las pagan atte andres.
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    Escrito 11/09/2010 a las 14:18 por andres charduwick
  10. Old Comment

    Boleta V/S contrato

    Hola, les cuento estoy trabajando desde febrero en las instalaciones de una empresa, cumplo horario desde las 8.30 am a las 18.00 hrs, este ultimo mes he trabajado diariamente hasta las 16.00 hrs de lunes a viernes, pero la boleta la emito a nombre de otra empresa, pero no tengo contrato ni nada, yo soy profesional y estoy desarrollando un sistema para la 1º empresa no la que legalmente me paga....
    la consulta es podre reclamar contrato en algun momento o beneficios, ya que cumplo igual que los que tienen contrato pero yo doy boleta a nombre de otra empresa??
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    Escrito 07/10/2010 a las 16:29 por Ester
  11. Old Comment

    consulta

    Tengo una consulta soy psicologa sin experiencia estoy por comenzar un trabajo con boleta de honorarios es un reemplazo de pre-post natal mi pregunta es si mi sueldo es similar al de la persona que reemplazare
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    Escrito 26/10/2010 a las 16:04 por No Registrado
  12. Old Comment

    Pago de Boleta a Honorarios con Licencia Médica

    Hola, mi consulta es la siguiente:
    Trabajo como profesor y debido a un accidente automotriz, me dieron licencia médica por 4 dias sin embargo, no quería obtenerla ya que tambien tengo un contrato con boleta de honorario por unas horas que me sirve para aumentar mi sueldo. Estaba tan delicado de salud que acepté la licencia pero hice un esfuerzo y acudí a realizar las horas con honorarios, para que no me las descontaran. Al llegar fin de mes, me informaron que igual debian descontarme las horas realizadas, porque me encontraba con licencia médica y era contra la ley. Qué ley?, o sea me sacrifiqué y no me las reconocieron e igual atendí los niños, está en lo correcto mi empleador? gracias.
    jmarcelo73@hotmail.com
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    Escrito 30/11/2010 a las 11:48 por No Registrado
  13. Old Comment

    Con contrato y ahora a honorarios

    Hola, soy profesional universitaria y desde marzo del año 2010 estoy con contrato plazo fijo hasta febrero 2011, contratada por la Ley SEP, administrada por la Municipalidad, sin embargo se nos dice que desde el 201, marzo o abril se nos va a contratar a honorarios... durante el 2010 mi contrato era de 26 horas semanales, cumplidas segun las necesidades del Colegio, sin embargo si es a honorarios, no se debería cumplir horario?..se puede apelar este tipo de contrato si se demuestra que la existe uina continuidad del trabajo y no sólo es prestacion de servicios?..estoy desorientada, espero me puedan ayudar
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    Escrito 27/12/2010 a las 12:57 por PatrICIA
  14. Old Comment

    Boletas de honorarios a menores...

    ¿Se puede hacer boleta de honorarios a un menor de 15 años y menores de 18 años? por trabajos prestados durante el verano como part-time, realmente necesito saber cual es la legalidad de edad en estos casos,o como poder justificar sus pagos en la empresa.
    Gracias por adelantado al que me pueda responder...
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    Escrito 03/01/2011 a las 16:24 por Edith Rozas
  15. Old Comment

    pago de boletas a honorarios

    hola quisiera saber si tengo derecho a demandarlos por averme dejado sin trabajo de un dia para otro sin previo aviso empece hace 3 meses a trabajar y solo dos estan legales que se puede hacer estoy con depresion a causa de quedar sin trabajo que debo hacer y tampoco me hicieron contrato alguno nada solo las boletas de honorarios es una empresa grande de metales tienen sancion por haberme despedido de esa forma y ya la empresa cuenta con varias multas por lo mismo yo trabajo como asesora de hogar para esta empresa orientenme por favor gracia espero su respuesta anciosamente a y otra cosa tengo derecho a que me paguen mes por año y todo lo que corresponde
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    Escrito 11/01/2011 a las 20:44 por No Registrado
  16. Old Comment

    honorarios municipales

    somos trabajadores honorarios de una municipalidad X la cuestión es que en nuestro contrato se estipula el mimo horario que la gente de planta, nos piden informes mensuales, nos designan el lugar de trabajo, debemos cumplir con las metas las cuales resultan en un bono para los de planta y no para nosotros, no tenemos vacaciones, marcamos tarjeta, etc.
    ante esto ¿QUÉ SE PUEDE HACER?
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    Escrito 18/02/2011 a las 12:08 por No Registrado
  17. Old Comment

    Boletas Honorarios

    hola quisiera hacer una consulta: necesito saber todo sobre la contratacion a honorarios o si tuviera un formato de contratacion de honorarios seria mucho mejor gracias....
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    Escrito 05/04/2011 a las 17:28 por No Registrado
  18. Old Comment
    que pasa si yo estaba boleteando y despues estoy trabajando con contrato y sigo boleteando
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    Escrito 06/04/2011 a las 13:07 por No Registrado
  19. Old Comment

    y que pasa con los profesionales medicos?

    Estaba leyendo el articulo y los comentarios, pero igual quisiera hacerles una consulta a los expertos.

    Hace 10 años que trabajo como odontologo en un centro medico. En todos estos años me han cancelado con boletas de honorarios. Este es mi único ingreso y despues de leer algunas cosas me doy cuenta que efectivamente tengo dependencia (de mi jefe el director clinico), tengo horarios fijos (tengo las fichas medicas que lo avalan) y tengo tareas especificas (mi especialidad). Y al parecer estas 3 causales tendrian que haber obligado al centro medico a contratarme hace muchos años atrás. Es tan asi?
    Pregunto lo anterior porque muchos creen que por que uno es profesional, le sobra la plata y no es tan cierto. Si yo me enfermo y no trabajo, no cobro y no como. Tampoco he tenido vacaciones pagadas como cuando uno esta contratado. O sea, yo junto y ahorro para tomarme una miserable semana al año. No me pagan colación, ni locomoción, ni tampoco tendré indemnización si el día de mañana me echan.
    Quisiera preguntarle a los que saben, si en este caso hay alguna cosa que yo pueda hacer y si aplica que haga algo de forma retroactiva?

    Por ultimo quisiera comentarles que el centro medico está barajando la posibilidad de que en vez de pedirnos boletas de honorarios, les demos factura. Es decir, nos van a pedir que nos transformemos en sociedades de primera categoria. Claramente al tratarnos como proveedores será mas facil desvincularnos sin que se arriesguen a una demanda laboral. Se puede hacer algo aqui tambien?

    Gracias
    Ricardo.
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    Escrito 30/05/2011 a las 23:13 por ricardo
  20. Old Comment

    cuanto cobrar en las boletas

    Estimados, para que lo tengan presente la tarifa a cobrar en una boleta de honorarios debería incluir todos los descuentos legales que a uno le hacen cuando esta contrato. Quiero decir que lo que uno cobra por sus horas prestadas no es proporcional al alcance liquido sino debe incluir descuento por concepto de salud, afp, seguro cesantia, movilización, colación, vacaciones proporcionales, bono termino de contrato, etc. Con esto se ahorran los problemas que se suelen comentar frecuentemente respecto a las boletas de honorarios que si las saben utilizar resultan ser bastante beneficiosas y mas cuando se trata de un complemento a una recta fija.
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    Escrito 22/07/2011 a las 09:32 por No Registrado
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